[Por Amaya Álvez Marín y Rodrigo Castillo Jofré | Ciperchile]
En dos fallos recientes, la Corte Suprema reconoció el derecho humano al agua de dos comunidades. Diez años antes, el Estado chileno se comprometió a garantizarlo. Pero en términos prácticos las personas no pueden exigirlo, ¿por qué? Esta columna analiza en detalle las barreras del modelo y los cambios que deben promoverse para garantizar el ejercicio del derecho y el acceso a este recurso. “El proceso constituyente será un espacio para abordar, por una parte, la noción de agua como derecho humano y el tratamiento que el modelo de mercado hace del agua”, plantean la autora y el autor…
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